
bilbao. El Gobierno Vasco aprobó ayer un decreto que permitirá regular las 300 nuevas adopciones que cada año se llevan a cabo en la CAV, mayoritariamente de menores extranjeros. Esta normativa flexibiliza las cuestiones referidas a la edad, y elimina el tope de 50 años para adoptar, aunque sí establece que entre los padres y el menor no podrá haber más de 44 años de diferencia.
Este tema generacional no es un asunto baladí habida cuenta de que aproximadamente seis de cada diez pequeños adoptados por familias vascas monoparentales o nucleares tienen menos de tres años y que los mayores de nueve sólo representaron el 7%.
El consejero de Asuntos Sociales, Javier Madrazo, compareció ayer tras el Consejo de Gobierno para explicar los detalles del decreto y concretar una de las principales novedades, que es la mencionada supresión del tope de 50 años para adoptar. Además, garantizó que los procesos de adopción serán iguales en los tres territorios ya que el decreto regula la actuación que deberán seguir las diputaciones forales, que son las responsables en materia de gestión de la adopción de menores.
Madrazo puso de relieve que los requisitos de edad para adoptar se equiparan a los de Cataluña y Valencia, donde tampoco se exige una edad máxima a partir de la cual no se puede adoptar a un menor. Esta medida se ha tomado en vista de que la edad de las parejas y familias monoparentales que solicitan adoptar cada vez es mayor.
niños con necesidades Sin embargo, sí que se exigirá una edad máxima de diferencia entre los padres y el menor. Hasta ahora, esta edad no podía sobrepasar los 42 años; a partir del decreto, el límite serán 44.
De hecho, el Ararteko ya calificó el año pasado como "excluyente" poner un límite de edad a las adopciones.
Por eso explicó Madrazo que habrá una salvedad, y esta diferencia de edad podrá ser superior cuando la persona solicitante o la pareja quiera adoptar a personas menores de edad con necesidades especiales.
Es decir, a grupos de hermanos en reagrupamiento familiar, a menores con alguna discapacidad o problemas de salud especiales, a niños mayores de siete años y a menores con antecedentes clínicos hereditarios de riesgo.
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