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El Consistorio de Amorebieta no podrá mover la obra de Nagel

un juzgado de bilbao estima la demanda interpuesta por el escultor guipuzcoano

La sentencia asegura que el Ayuntamiento "no está legitimado" para cambiar la ubicación de la escultura

La escultura de Nagel en Amorebieta, centrada entre dos maniquíes de una tienda próxima.Foto: iban gorriti

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b ilbao. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao ha estimado la demanda del escultor Andrés Nagel y, por tanto, el Ayuntamiento de Amorebieta no podrá mover de su actual ubicación una obra del artista, cuando realice la remodelación urbanística que tenía prevista en el entorno de la escultura.

La sentencia, fechada ayer, obliga al consistorio vizcaíno a cumplir el contrato que firmaron los anteriores responsables municipales en 2002, en lo que respecta a la localización de la obra, y establece así que el Ayuntamiento "no está legitimado" para alterar su ubicación. Además el juez condena a las partes a repartirse las costas del proceso iniciado por la demanda de Nagel y prevé la posibilidad de recurrir la resolución ante la Audiencia de Vizcaya en un plazo de cinco días.

El titular del Juzgado, Edmundo Rodríguez Achútegui, ha dado la razón al escultor, que había solicitado que se mantuviera su pieza en la rotonda para la cual había sido concebida ya que, de lo contrario, se atentaría contra a la integridad de la obra. El juez niega al Ayuntamiento de Amorebieta el traslado de la escultura, conocida popularmente como La Patata , para poder efectuar la peatonalización de la zona.

Según argumenta, "no hay interés público que justifique el incumplimiento contractual" y añade que es posible mejorar la calidad de vida de los vecinos de Amorebieta con la reforma urbanística, manteniendo al mismo tiempo la obra en su sitio.

"Cuestión muy distinta es si se desea retirarla por razones estéticas, porque no encaje con el diseño del resto del lugar, o por simple conveniencia o deseo del dueño" de la escultura, el Ayuntamiento, "que a su vez es el encargado de mejorar las condiciones urbanísticas del lugar".

Además, destaca que "esta resolución no puede ni debe impedir la reforma que se está realizando en el lugar" pero aclara que el traslado de la escultura sólo se podrá realizar si se modifica el contrato que firmó Nagel con la anterior alcaldesa en 2002, en el que se especificaba dónde iría instalada la obra. Concluye que "no es posible la prohibición" por parte del juez al Ayuntamiento para que no mueva la obra, pero recalca que "lo pactado es ley para los contratantes".

Reacción El escultor valorará la sentencia en una rueda de prensa que ofrecerá hoy en su estudio de Donostia, pero el alcalde de Amorebieta, David Latxaga (PNV), reconoció ayer estar "muy satisfecho" porque el juez dictamina que "no se puede prohibir al Ayuntamiento la reubicación de la escultura". El alcalde anunció que el Consistorio no recurrirá el fallo y explicó que el magistrado estima que la escultura puede ser cambiada de sitio en aras del "interés público".

El fallo especifica que de momento "no está acreditado" que la escultura pueda ser cambiada de lugar, pero el alcalde apunta que el juez se basa en que no existe ningún plan municipal aprobado para ello. A juicio del mandatario, la sentencia reconoce el derecho del Ayuntamiento a la reordenación del terreno si existen determinadas razones de orden público, por lo que el Ayuntamiento podrá desarrollar la peatonalización de la zona, y en el marco de la misma podría decidir en un futuro el traslado de esta figura. >efe

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El alcalde cree que el fallo no cierra las puertas a una futura reubicación de la escultura de Nagel
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