
pamplona. El Ministerio Fiscal eximió ayer de responsabilidades al ex director de la sucursal del Banco Guipuzcoano en Pamplona, Juan Pedro Echarri, en el caso Fontaneda, si bien las acusaciones particulares piden para él hasta tres años y medio de cárcel.
En cuanto al procesado en esta estafa, Manuel Cid Conde, la fiscalía solicitó tres años y seis meses de prisión y una multa de 1.800 euros como autor de un delito continuado de estafa. Por su parte, las defensas de Cid, de Echarri y del Banco Guipuzcoano solicitaron la libre absolución de sus clientes.
En la primera sesión de este juicio, que se viene celebrando en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, Antonio Fontaneda fue condenado a tres años y ocho meses de cárcel tras reconocer que había estafado 7,7 millones de euros a más de 250 inversores y después de que el fiscal, las acusaciones particulares y su defensa alcanzaran un acuerdo. Desde entonces, el juicio ha continuado con los otros dos acusados, Manuel Cid y Juan Pedro Echarri y ayer las distintas partes anunciaron sus conclusiones definitivas.
En primer lugar, el fiscal rebajó la pena prevista en su escrito provisional para Cid, que era de seis años de cárcel, al estimar que concurre la atenuante de dilaciones indebidas. No obstante, apuntó el fiscal, las diligencias de esta causa se incoaron el 21 de septiembre de 1999 y el juicio comenzó el pasado 3 de abril, casi nueve años después, si bien el retraso es por "causas ajenas a los acusados", señaló refiriéndose a Cid y a Fontaneda.
En cuanto a la responsabilidad civil, el representante del Ministerio Público mantuvo que corresponde a Fontaneda y a Cid y subsidiariamente a las empresas.
apropiación indebida Las acusaciones calificaron los hechos como un delito masa de estafa y, algunos de ellos, apuntaron que subsidiariamente se podría tratar de un delito masa de apropiación indebida.
En el caso de Echarri, consideran que "la garantía que daba era determinante", por lo que las penas solicitadas van desde los 18 meses a los tres años y medio de cárcel y las multas de 1.080 euros a 30.000. Sin embargo, las distintas acusaciones particulares no coinciden en definir la responsabilidad del directivo bancario, ya que unos le consideran autor de la estafa, otros cooperador necesario y uno, cómplice. Todas ellas reclaman al Banco Guipuzcoano como responsable civil subsidiario.
Respecto a Fontaneda y Cid, tras aplicar la atenuante de dilaciones indebidas a ambos procesados y la agravante de reincidencia en Cid, solicitaron para éste penas de cárcel que oscilan entre dos años y cuatro años y dos meses como autor o cooperador necesario, así como el pago de una multa cuya cuantía varía entre 1.080 y 30.000 euros. >m.p.
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