Diario de Noticias de Gipuzkoa

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Atutxa, Bilbao y Knörr pedirán la nulidad de la sentencia condenatoria del Supremo

al participar en ella un juez que fue 'mano derecha' del fiscal que instigó la causa

El abogado emprenderá otras actuaciones judiciales que persiguen demostrar la inocencia de los ahora condenados

Atutxa, Figueroa y Bilbao conversan con los jeltzales Iñigo Urkullu y Belén Greaves, y los miembros de EB Igor Irigoyen y José Ferrera.Foto: josé Mari Martínez

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bilbao. La sentencia del Tribunal Supremo en el caso Atutxa no es el punto final de este proceso judicial. La defensa de los tres condenados, Juan Mari Atutxa, Kontxi Bilbao y Gorka Knörr, va a dar nuevos pasos para agotar la vía judicial y demostrar la inocencia de todos ellos. Uno será la presentación de un incidente de nulidad de actuaciones contra la resolución condenatoria adoptada por el pleno de la Sala de lo Penal del TS, al considerar que ha sido adoptada sin garantizar la imparcialidad del tribunal. Una imparcialidad que el abogado defensor, Alberto Figueroa, puso en duda por la participación en la decisión de Manuel Marchena Gómez, quien fuera "mano derecha" del fiscal general del Estado que inició el proceso por no disolver el grupo de Sozialista Abertzaleak, Jesús Cardenal.

Figueroa considera que el magistrado Marchena Gómez, que no sólo participó en la decisión, sino que además fue el encargado de redactar la sentencia, debería haberse abstenido. Y debería haberlo hecho porque ocupó desde el 26 de julio de 2003 el cargo de fiscal jefe de la Secretaría general técnica del fiscal general del Estado y fue nombrado a propuesta del propio Cardenal. "Ocupó un cargo de confianza, un cargo a partir del cual pudo tener conocimiento de la querella que se estaba desarrollando, porque nos es imposible de entender que un fiscal jefe de la Secretaría general técnica, prácticamente un jefe del gabinete del fiscal general del Estado, desconociera la querella más relevante políticamente que se estaba llevando en aquellos momentos en todo el Estado", explicó el letrado defensor en la rueda de prensa ofrecida junto a Atutxa y Bilbao -Knörr no pudo estar presente por problemas de agenda-.

Con la ley en la mano, este motivo es suficiente para que el propio juez hubiera reclamado ser apartado del caso -como ya hiciera su compañero Enrique Bacigalupo-, señaló Figueroa. Y citó textualmente uno de los apartados del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el que sustenta el motivo de abstención en este caso: "Es causa de abstención haber ocupado el juez o magistrado cargo público o administrativo con ocasión del cual haya podido tener conocimiento del objeto de litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad". Como ocurre con Marchena Gómez. Por eso, el abogado de la defensa sostiene que éste es un "caso de libro".

Aun así, el magistrado no pidió abstenerse en la causa. Y la defensa de Atutxa, Bilbao y Knörr no pudo recusarle en un momento procesal anterior porque desconocía el cargo que había desempeñado. Así lo reconoció ayer Figueroa: "No tuvimos conocimiento de que el señor Marchena Gómez hubiera sido fiscal jefe de la secretaría general del fiscal general, dato que hemos conocido con posterioridad a la sentencia, porque nos han advertido de ello". Aun así, "entendemos que pese a que nosotros no lo conocimos y no lo recusamos, él debió de abstenerse. Como debió hacerlo y no lo hizo, la sentencia está viciada con motivo de la falta de imparcialidad del tribunal, que afecta a la tutela judicial efectiva".

El letrado de la defensa indicó que su presencia en la sala que enjuiciaba el caso en el Supremo pudo ser, además, determinante para que se adoptara una decisión condenatoria y, en consecuencia, presentarán el incidente de nulidad de actuaciones en breve, siempre antes de que concluya el plazo de veinte días que establece la ley para ello.

décimo recurso de amparo Dentro de ese mismo plazo, se presentará un nuevo recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, porque con la sentencia del Supremo "se han vulnerado al menos tres derechos de los miembros de la Mesa del Parlamento". Según explicó Alberto Figueroa, se ha vulnerado el derecho a la igualdad, al no haberles aplicado la doctrina Botín sin que existiera una fundamentación suficiente para no hacerlo. "Se ha vulnerado un proceso con todas las garantías exigibles, ya que el TS ha realizado una nueva valoración de la prueba practicada por el TSJPV, lo cual está expresamente proscrito en casación. Y se ha vulnerado la presunción de inocencia de los miembros de la Mesa. En este caso, se ha utilizado el criterio de que ante la duda, se condena", añadió el abogado.

La interposición de este recurso de amparo se completa con otro paso más a dar en la vía judicial, el de la solicitud de la suspensión de la ejecución de la sentencia, "puesto que si se ejecutara, el recurso de amparo perdería todo interés y finalidad".

Y se suma a los nueve recursos ya presentados ante el TC con anterioridad en este mismo proceso. Seis se interpusieron en octubre de 2003 en relación con las decisiones de la Sala del 61 del Tribunal Supremo y fueron admitidos a trámite, pero no han sido resueltos todavía. "Eso nos da una idea de que en este caso la atención que ha dispensado el TC a los imputados y condenados no ha sido la que se merecían o la que el caso merecía", indicó Figueroa. Además, existen otros tres recursos de amparo más, "interpuestos el 7 de diciembre de 2006 contra la sentencia primera de casación del TS, la sentencia que revocaba la absolución del TSJPV por aplicación de la inviolabilidad parlamentaria. Hay nueve recursos más en el TC no resueltos y entendemos que cualquiera de ellos podría significar la absolución de los hoy condenados por el Supremo", aseguró el letrado.

aclaración y razones Junto a todas estas actuaciones, la defensa de Atutxa, Bilbao y Knörr ya ha reclamado, el pasado día 17, una aclaración de su sentencia al TS, que no había determinado, a pesar de que el Código Penal así lo establece necesario, "sobre qué cargos o empleos se cernía esa inhabilitación especial a la que han sido condenados. La exigencia legal es la de la precisión de esa cuestión".

Con todo ello, el abogado pretende demostrar la inocencia de sus defendidos. "Y no es un planteamiento ilusorio, porque en varias ocasiones hemos conseguido que ese reconocimiento absolutorio se haya producido, primero por la instructora, que archivó la causa al entender que no había delito; por dos ocasiones lo hizo el TSJPV y también cinco de los doce magistrados del Tribunal Supremo", concluyó.

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acciones judiciales
Aclaración de la sentencia. La defensa de Atutxa, Knörr y Bilbao pidió el día 17 que, como manda el Código Penal, el Tribunal Supremo aclare a qué cargos se extiende la inhabilitación especial decretada en la sentencia condenatoria.
Recurso de amparo ante el TC. Se interpondrá un nuevo recurso de amparo ante el Constitucional -el décimo- al entender que la sentencia vulnera el derecho a la igualdad -por no haberse aplicado la 'doctrina Botín'-, el proceso con todas las garantías exigibles y la presunción de inocencia.
Suspensión de la ejecución de sentencia. El abogado defensor pedirá también al Tribunal Constitucional que suspenda la ejecución de la sentencia en tanto se resuelve el recurso de amparo.
Nulidad de actuaciones. La defensa interpondrá un incidente de nulidad de actuaciones contra la sentencia del TS porque ha participado en la resolución un magistrado que fue la "mano derecha" del fiscal general Cardenal, impulsor de la querella contra Atutxa, Knörr y Bilbao por no disolver el grupo Sozialista Abertzaleak.
LAS FRASES
"La causa de la justicia merece que se declare la inocencia de los miembros de la Mesa condenados"
"Marchena debió abstenerse y, como no lo hizo, hay una falta de imparcialidad"  Alberto Figueroa .  Abogado defensor de Atutxa, Bilbao y Knörr
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