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Las entidades públicas y privadas deben adecuar desde hoy sus archivos en papel

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madrid. Las entidades de carácter público y las empresas privadas deberán adecuar sus archivos en papel para garantizar la confidencialidad de los datos personales, con la entrada en vigor hoy del Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Entre otras medidas, estas entidades deberán adaptar los ficheros que hubieran sido creadas antes de la entrada en vigor del Reglamento. Así, dispondrán de un año para adecuar los ficheros no automatizados que disponen de un nivel de seguridad básico, dieciocho meses para adecuar los ficheros que disponen de un nivel medio de seguridad, y dos años para los ficheros con un nivel de seguridad alto.

El ámbito de aplicación de este reglamento afecta a los ficheros y tratamientos de datos no automatizados (papel) y regula el procedimiento para que cualquier persona conozca el uso de sus datos, con la posibilidad de cancelar aquellos de personas que hayan fallecido, por parte de sus allegados.

En virtud de la norma, los responsables de los ficheros deben conceder al interesado un medio sencillo y gratuito para permitir a aquéllas ejercitar su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición. En la misma línea, se prohibe exigir al interesado el envío de cartas certificadas o semejantes, o la utilización de medios de telecomunicaciones que impliquen el pago de una tarifa adicional.

Además, se incrementa la protección ofrecida a los datos de carácter personal en varios aspectos. Por ejemplo, desde el nivel básico de seguridad pasan a un nivel alto todos los datos derivados de la violencia de género. Sobre éstos y los restantes datos personales incluidos en el nivel alto de seguridad, se incorpora la obligación de cifrar estos datos si se encuentran almacenados en dispositivos portátiles.

Además, para facilitar a los obligados a cumplir las medidas de seguridad, se exige que los productos de software destinados al tratamiento de datos personales incluyan en su descripción el nivel de seguridad, ya sea básico, medio o alto, que permiten alcanzar de acuerdo con el Reglamento.

protección de menores Por otra parte, como regla general, se prohibe pedir o tratar datos de menores de 14 años sin el consentimiento de sus padres. Además, los menores de edad deberán ser informados con un lenguaje claro, que les sea fácilmente comprensible y se tendrá que garantizar que se ha comprobado la edad del menor y la autenticidad del consentimiento prestado.

La norma incorpora novedades en el tratamiento de datos patrimoniales y de crédito, las tarjetas sanitarias y las transferencias internacionales de datos. >e.p.

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