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Casi la mitad de la Sala cuestiona la inhabilitación de Atutxa, Knörr y Bilbao

el TS les acusa de "camuflar su contumaz rechazo" a disolver sozialista abertzaleak

La defensa intentará retrasar la ejecución del fallo, que afecta sobre todo a Kontxi Bilbao, hasta escuchar al Constitucional

Gorka Knörr, Juan María Atutxa y Kontxi Bilbao, en diciembre de 2004, cuando conocieron la sentencia absolutoria del TSJPV, siendo aún miembros de la Mesa .Foto: alex larretxi

miren ibáñez enviar a un amigo imprima este texto texto normal texto medio texto grande

vitoria. "Camuflaron su contumaz rechazo a los efectos jurídicos derivados del proceso de ilegalización de Batasuna, suscitando una aparente controversia jurídica con el Tribunal Supremo acerca de los límites del deber general de acatamiento de las resoluciones. En definitiva, se negaron abiertamente a dar el debido cumplimiento a una resolución judicial emanada de un órgano jurisdiccional". Se puede decir más alto pero no más claro. El Tribunal Supremo tira así por tierra la sentencia absolutoria que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) dictó a favor de Juan María Atutxa, Gorka Knörr y Kontxi Bilbao, por no disolver Sozialista Abertzaleak como les había ordenado el Supremo.

El alto tribunal revoca dicha absolución, aceptando el recurso de casación interpuesto por el ultraderechista sindicato Manos Limpias, y aboca a los tres ex miembros de la Mesa del Parlamento Vasco en la anterior legislatura al recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. No hay doctrina Botín que valga en este caso, aunque de ello discrepen cinco de los 12 magistrados de la Sala, y, tres meses después de conocerse el fallo -retraso que la Sala atribuye a la huelga de funcionarios-, el alto tribunal condena a Atutxa a pagar una multa de 18.000 euros y a inhabilitación para empleo y cargo público durante un año y medio. Por el mismo delito de desobediencia, a Knörr y Bilbao les impone el pago de 12.000 euros e inhabilitación por un periodo de un año. La condena resulta especialmente gravosa en el caso de la parlamentaria de Ezker Batua, pues es la única que continúa en activo y, de hecho, sigue ocupando la Secretaría Segunda de la Mesa del Parlamento Vasco.

Bilbao avanzaba ayer la intención de la defensa de intentar paralizar la ejecución de la sentencia hasta que pueda pronunciarse el Tribunal Constitucional, lo que puede tardar años. No obstante, otras fuentes jurídicas consideran que la posibilidad de suspender la ejecución de la sentencia, que ya es firme, es complicada y podría limitarse a demorar brevemente su cumplimiento siguiendo la vía del Tribunal Superior vasco, que será el encargado de ejecutarla.

Esto podría suponer que Kontxi Bilbao quede apartada de la Cámara vasca - queda un año de legislatura-, por lo que además el Legislativo debería cubrir su vacante en la Mesa. La siguiente en la lista electoral es Nerea Gálvez, actualmente juntera, y le sigue José Miguel Fernández Fote , que dejó las Juntas de Álava y ha vuelto a dedicarse plenamente a la abogacía. La cuestión se agrava porque Bilbao es funcionaria en excedencia del Ayuntamiento de Vitoria, puesto para el que la sentencia le inhabilita durante un año.

En cualquier caso, la defensa sí que recurrirá de amparo la resolución ante el Constitucional y argumentos no le van a faltar. Cinco de los 12 magistrados de la Sala discrepan de la no aplicación de la doctrina Botín en este caso y, sobre esta base, consideran que el juicio ni siquiera debiera haberse celebrado. Además, dos de esos magistrados cuestionan otros aspectos de la sentencia condenatoria. Luciano Varela estima que la Sala ha excedido las atribuciones de la casación, desautorizando las conclusiones de la sentencia absolutoria del TSJPV obtenidas a partir de medios de prueba personal, al tiempo que entiende que la nueva resolución "infringe el derecho a la presunción de inocencia" al condenar pese a concurrir "dudas razonables sobre los elementos del delito que se imputa" a Atutxa, Knörr y Bilbao.

Joaquín Giménez va incluso más allá para asegurar que no existió el delito de desobediencia por el que se les ha condenado. Giménez defiende la relevancia en este caso de las diferentes personalidades jurídicas de partido y grupo parlamentario, comparte que la Sala ha excedido el control casacional -"el proceso argumentativo efectuado por el tribunal de instancia colma totalmente las exigencias de razonabilidad y ausencia de toda arbitrariedad"- y cree que la nueva sentencia vulnera los derechos fundamentales a un proceso con todas las garantías y arrastra la quiebra del derecho a la presunción de inocencia.

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