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El TC dice que los magistrados recusados"habían perdido la imparcialidad"

el tribunal justifica así la admisión del recurso del gobierno contra garcía calvo y rodríguez zapata

Jorge Rodríguez Zapata.Foto: efe

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madrid. El pleno del Tribunal Constitucional (TC) considera que la "radicalidad" de la opinión manifestada por los magistrados conservadores recusados por el Gobierno contra la reforma de la ley orgánica de este tribunal (LOTC) fundamenta la sospecha de una pérdida de imparcialidad objetiva.

Así lo indica el alto tribunal en un auto que cuenta con los votos particulares de Javier Delgado Barrio y Ramón Rodríguez Arribas dado a conocer ayer tras decidir ayer por mayoría admitir la recusación planteada por el Gobierno y apartar del recurso a los magistrados conservadores Roberto García Calvo y Jorge Rodríguez Zapata.

El Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, recusó el pasado 19 de octubre a García-Calvo y a Rodríguez Zapata por considerarlos "contaminados" para resolver el recurso contra la LOTC, después de que el pasado mes de junio manifestaran en un escrito su "más profunda discrepancia" con la reforma de esta ley.

En su escrito, los dos magistrados criticaron especialmente el artículo de esa norma, que prorrogó automáticamente el mandato de la presidenta de este órgano, María Emilia Casas -adscrita a la considerada corriente progresista-, cuya dimisión pidieron expresamente.

Para el pleno del TC, "la opinión manifestada en su escrito por los magistrados recusados reviste el tenor, la contundencia y la radicalidad necesarias para fundamentar una sospecha justificada de pérdida de imparcialidad objetiva".

Según el Constitucional, es indiscutible que esta opinión fue manifestada en su condición de magistrados de ese tribunal, pero no en el ejercicio de su función jurisdiccional.

Además, recuerda que las opiniones fueron emitidas en un escrito firmado el 22 de junio de 2007 y presentado en la misma fecha ante la Secretaria de Justicia del Pleno para su entrega a la presidenta del tribunal.

discrepancia con publicidad Por tanto, señala, no se trata de "conversaciones entre magistrados del tribunal en el seno de la institución" sino que se trata de "la emisión de una opinión a través de un cauce formal, lo que revela el propósito de dar un contenido oficial a la discrepancia" expresada en el escrito que ambos firmaron.

El escrito fue difundido por diversos medios de comunicación y dio lugar, según lo solicitado por los firmantes, a la celebración de un pleno el 4 de julio de 2007, que resolvió no tomarlo en consideración para no prejuzgar un posible recurso de inconstitucionalidad contra la reforma de la LOTC.

De acuerdo con las tesis de la Abogacía General del Estado y el Ministerio Fiscal, el pleno del TC considera también que los recusados conocían entonces que era previsible que el grupo popular presentara -como efectivamente ocurrió- un recurso de inconstitucionalidad contra dicha reforma. >efe

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