
Donostia. La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a una compañía aérea a indemnizar con 4.000 euros a un viajero al que perdieron el equipaje cuando viajaba a la República Dominicana. De esta forma, obliga a la empresa a pagar, no sólo por extraviar una maleta al usuario, sino por los daños morales que le causó a éste la pérdida, con el estrés y el nerviosismo que ello le supuso, sobre todo, cuando el viaje lo había realizado por recomendación médica.
La sentencia impone a la demandada, asimismo, el pago de las costas procesales por su "temeridad" al litigar y por obligar al viajero a mantener una reclamación durante tres años.
recomendación médica El órgano jurisdiccional vizcaíno confirma, de esta forma, la resolución judicial de primera instancia dictada a favor del demandante, que el 23 de diciembre de 2003 voló de Bilbao a Madrid y, desde allí, a Punta Cana. Durante el viaje, que le había sido recomendado por el médico, la maleta en la que llevaba el equipaje fue extraviada y no se le entregó hasta el 27 de enero.
Aunque el usuario portaba dos bultos, se perdió la maleta que llevaba la ropa y enseres personales de primera necesidad, mientras que sí llegó a su destino la bolsa de golf.
Al no haber hecho el perjudicado declaración de especial valor -ya que él afirma que en la maleta portaba objetos valorados en más de 3.000 euros-, la indemnización por extraviarse se ha limitado a la que corresponde al peso del equipaje. >e.p.
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