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El juez del 'caso Zubiaurre' se basó en el valor de mercado para fijar la cuantía

el tribunal deportivo no tuvo en cuenta el criterio de la justicia española en el litigio entre real y athletic

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Donostia. El mismo día que se dio a conocer la resolución del caso Webster por parte del Tribunal de Arbitraje Deportivo, el Athletic se puso a estudiar si la decisión de este organismo internacional que resuelve contenciosos dentro del ámbito deportivo podía sentar jurisprudencia o influir de alguna manera en la resolución del juicio de Iban Zubiarre, que trascendió del ámbito deportivo y llegó a la justicia ordinaria española.

El litigio que enfrenta a Real y Athletic se encuentra, de hecho, en el Tribunal Supremo, después de que dos instancias anteriores le hayan dado la razón a la Real y hayan establecido una indemnización a pagar por Zubiaurre de cinco millones de euros, además de nombrar al Athletic responsable subsidiario.

La sentencia de la justicia española anuló la cláusula de rescisión pactada por ambas partes (Real y jugador). La inhabilitó al considerarla abusiva, por lo que, acto seguido, pasó a cifrar la cuantía de la indemnización, al margen de la cláusula.

El juez del caso afirmó en una entrevista concedida a este periódico que "tuve que realizar una valoración económica, teniendo en cuenta el mercado y las condiciones en las que se mueve el fútbol. Tuve que ir a parámetros como el nivel de formación, la categoría en la que estaba el jugador, su retribución, etcétera. Todo eso me llevó a valorar que son cinco millones de euros" los que el jugador debe pagar a la Real como indemnización.

El TAS no ha seguido el mismo criterio al fijar la indemnización y se limita sólo al valor residual del contrato en vigor, sin tener en cuenta el valor de mercado del jugador.

La lucha de la Real en el Supremo ahora es otra. El club txuri-urdin busca que sea aceptada como válida la cláusula de rescisión, en la que se establece contractualmente una cantidad indemnizatoria de 30 millones de euros. >m.m.

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