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Lo que debe saber sobre el Seguro de Hogar (II)

por j. carlos redondo (*) enviar a un amigo imprima este texto texto normal texto medio texto grande

Generalizando, la póliza idónea para asegurar un hogar es la denominada Seguro Multirriesgo o Combinado, que agrupa un número importante de garantías bajo un mismo contrato de seguro.

Normalmente este tipo de pólizas indemnizan bajo la modalidad de Valor de reposición a nuevo , es decir, el valor en el mercado del objeto dañado como si fuera nuevo. Para poder cobrar el importe íntegro del siniestro es necesario no incurrir en un infraseguro, que consiste en asegurar los bienes por debajo de su valor a nuevo en el mercado, con independencia de lo que valgan en el instante anterior al siniestro. En ese caso se aplicará la regla proporcional, por la cual la aseguradora indemnizará el siniestro proporcionalmente al valor asegurado con relación al valor de nuevo. Por ejemplo, si el valor a nuevo del contenido de una vivienda es de 30.000 euros y se asegura en 15.000, la mitad queda sin asegurar. Al producirse el siniestro, como no se sabe a qué parte del contenido corresponde, la aseguradora lo abonará con una reducción del 50%.

Por lo tanto, una vez que ya hemos determinado los capitales que se deben asegurar para continente y contenido, nos centraremos en el conocimiento de las garantías, para qué sirven y cuál es el funcionamiento de la póliza.

Podemos dividirlas en grupos: de Daños Propios, de Responsabilidad Civil y de Asistencia, aunque también existen garantías complementarias que amplían la cobertura.

Daños Propios. Se refiere a los que pueda sufrir tanto la vivienda, incluyendo la parte alícuota de la comunidad, como su contenido.

Responsabilidad Civil. Corresponde a los daños y perjuicios que las personas que habitan la vivienda asegurada, incluido el personal doméstico, puedan provocar a otras personas y/o cosas, bien por si mismos o como parte integrante de la comunidad de vecinos. Se debe responder incluso por los daños que causen los animales de compañía. Contrariamente a lo que pueda pensarse, esta garantía no sólo surte efectos mientras se está en la vivienda, sino también fuera de ella, siempre y cuando no sea consecuencia de una actividad profesional.

Asistencia. El criterio que predomina actualmente es el de reparación, de tal manera que usted comunica el siniestro a la aseguradora, y ésta se encarga de enviarle directamente los gremios profesionales que repararán la avería.

Garantías complementarias. La mayoría de las aseguradoras completan sus pólizas con una serie de garantías complementarias. Por ejemplo, en el caso de pérdida o robo de llaves, tiene cobertura la asistencia de un cerrajero y la reproducción de las llaves. También si resulta usted perjudicado en su vida no profesional puede recurrir a la Garantía de Asistencia Jurídica de la póliza de hogar para que reclamen en su nombre.

Conveniente resulta también la garantía de Restauración Estética, ya que cuando sufra daños en su vivienda, la aseguradora pone a su disposición una cantidad determinada para que, además de indemnizarle por los daños directos, pueda igualar estéticamente el conjunto dañado. Mi consejo es que destine media hora a leer detenidamente su póliza de seguro del hogar, y se dará cuenta de la cantidad de coberturas que tiene y usted desconocía.

* Director general de Zihurko

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Conviene que destine media hora a leer su póliza de seguro del hogar para darse cuenta de su cobertura
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