
Edificio central de la Hacienda Foral de Gipuzkoa en Donostia.Foto: ainara garcía
Donostia. La jueza instructora del caso de las presuntas malversaciones en la oficina de la Hacienda foral en Irun, Almudena Ovejero, llamará a declarar como testigo a J.P., inmediato superior del ex responsable de esa delegación tributaria y principal imputado en la causa, José María Bravo.
De este modo, la magistrada deniega la petición del abogado y antiguo funcionario de Hacienda, Fernando Argote, quien, presentado como acusación popular, había reclamado que J.P. fuera llamado a presentarse como imputado. En una providencia dictada ayer, la jueza estima que inicialmente se le tomará declaración como testigo y, a la vista de su testimonio, decidirá si imputarle o no finalmente.
Ovejero no ha puesto de momento fecha para la comparecencia de J.P., que en la época en la que se produjeron los supuestos delitos en la oficina de Irun, era responsable de la Unidad de Coordinación de Oficinas Tributarias y en la actualidad ejerce el puesto de jefe de la Unidad de Atención Tributaria del erario guipuzcoano.
En el escrito en el que solicitó la imputación del superior inmediato a Bravo, Argote consideraba que existen indicios que demuestran que J.P. participó en el delito de malversación de caudales públicos que también se le imputa al ex jefe de la oficina de Irun, que permanece en la cárcel de Martutene desde el pasado 11 de julio en régimen de prisión provisional sin fianza.
los hechos Argote pedía que se le tomara declaración como imputado a J.P. a raíz de los hechos conocidos tras la comparecencia el pasado día 3 de un contribuyente como testigo en el caso que está siendo investigado en los juzgados de Irun. El declarante aseguró haber efectuado en el año 2001 pagos en metálico a Bravo para saldar una deuda tributaria por un importe total de cinco millones de pesetas, cantidad que, según datos aportados por la Fiscalía, nunca fue ingresada en las arcas forales.
Argote explicaba que el citado contribuyente, G.S., comenzó a efectuar pagos periódicos de 1.500.000 pesetas a Bravo. Sin embargo, la Hacienda foral le practicó con posterioridad un embargo en una cuenta bancaria por importe de 821.786 pesetas, puesto que la deuda no había sido aplazada ni había sido pagada. Argote detallaba que el reglamento de recaudación de Hacienda establece que el importe embargado ha de ingresarse de forma inmediata en la tesorería Foral y que sólo podrá levantarse esta orden si se trata de bienes inembargables. A pesar de ello, en el caso de G.S., se procedió al levantamiento del embargo sólo un día después de haber sido decretado -aseguraba Argote- y fue J.P. quien firmó las dos acciones (el embargo y el alzamiento del mismo). Así, añadía Argote, "se logró que el contribuyente pensara que el aplazamiento de la deuda que le había concedido Bravo era legal, y no un medio para la comisión de un delito de malversación".
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