
BRUSELAS. La Comisión Europea (CE) tendrá que indemnizar parcialmente al grupo francés Schneider por haber bloqueado ilegalmente su fusión con Legrand, según la sentencia dictada ayer por el Tribunal de Primera Instancia de la UE.
La Corte señala que "la grave y manifiesta vulneración del derecho de defensa de Schneider" por parte de la CE constituye una infracción del derecho comunitario que justifica la compensación económica.
El montante de la indemnización será determinado posteriormente por el Tribunal, que para ello ha solicitado una estimación a las partes de los perjuicios causados y que también llevará a cabo una evaluación pericial.
Esta decisión de la Justicia europea, la primera en este sentido, abre la puerta a otras empresas, que en el futuro podrán reclamar indemnizaciones por las pérdidas derivadas de decisiones erróneas de la autoridad europea de competencia.
El Ejecutivo de la UE prohibió en octubre de 2001 la concentración de Schneider y Legrand, los dos principales fabricantes franceses de material eléctrico, al considerar que la operación afectaría negativamente a la competencia, sobre todo en Francia. Bruselas ordenó, además, la separación de las dos compañías, dado que Schneider ya había adquirido el 98% del capital de Legrand.
Un año después, la Corte europea anuló ambas decisiones tras detectar "varios errores manifiestos, omisiones y contradicciones en el razonamiento económico efectuado por la Comisión".
Según el Tribunal, Bruselas vulneró además el derecho de defensa de Schneider. El grupo industrial decidió entonces reclamar a la Justicia europea una reparación de los daños sufridos por el bloqueo de la fusión y por la venta de Legrand al consorcio Wendel/KKR.
RECURSO DE CASACIÓN El Tribunal ha llegado a la conclusión de que Schneider tiene derecho a indemnización por la vulneración de su derecho de defensa, "cuya existencia y consistencia no niega la Comisión", recalca, pero descarta los demás vicios del procedimiento de control de la fusión invocados por Schneider.
Contra esta sentencia del Tribunal de Primera Instancia puede interponerse recurso de casación, limitado a cuestiones de derecho, ante el Tribunal de Justicia de la UE en el plazo de dos meses desde la notificación del fallo. >efe
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