
Donostia. Los arrantzales no pueden coger la caña cada vez que les apetece. La ley es muy estricta y, además de poseer la correspondiente licencia, el pescador tiene que lanzar la caña en las zonas y días en los que se permite. Además, el acceso a los cotos de pesca de Gipuzkoa se realiza a través de un sorteo anual que en diciembre repartió 4.500 licencias entre aficionados guipuzcoanos.
Los ciprínidos se pueden pescar con caña durante todo el año en las masas de aguas continentales declaradas como tales, es decir: en el río Urola, desde el puente viejo del Balneario de Zestoa hasta el barrio Etxabe; y en el resto, el período hábil coincide con el de la trucha, del 18 de marzo al 31 de julio. En cambio, en los embalses y en los tramos de pesca sin muerte, la temporada se alarga hasta el 30 de septiembre. Está prohibido pescar salmones en todos los ríos de Gipuzkoa, al igual que el cangrejo, especie que sólo se permite capturar en el coto de Leitzaran del 2 de agosto al 30 de septiembre.
Dentro de la temporada de pesca fluvial, en Gipuzkoa se consideran días hábiles para el ejercicio de la pesca todos los días de la semana excepto los martes no festivos.
El número máximo de ejemplares de las especies trucha común y trucha arco-iris que, en su conjunto se puede capturar en las zonas libres, es de cinco por pescador y día en Gipuzkoa. Pero hay que tener en cuenta que cada tramo acotado tiene su propio número máximo de piezas capturables por permiso.
En los tramos de pesca sin muerte, en los cotos, como en las zonas libres, deberán ser restituidas a las aguas con el menor daño posible todas las truchas que se capturen.
El único arte de pesca autorizado es la caña de pescar. Se permiten dos por pescador y deben estar ambas al alcance de la mano. Se autoriza el empleo de elementos auxiliares como la sacadera , redeño o salabardo . Estos elementos se emplearán exclusivamente como ayuda para extraer de las aguas las capturas efectuadas con caña.
En cuanto a los cebos y anzuelos a utilizar, con carácter general, se prohíbe la utilización como cebo de los peces vivos o muertos y tampoco se pueden cebar las aguas antes o durante la pesca.
Los lucios y las especies alóctonas (las que se encuentran en un lugar distinto al de su origen) hay que sacrificarlas inmediatamente después de ser capturadas, en el mismo lugar. >a.s.
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