
Un momento de la primera sesión de las Juntas Generales celebrada en la nueva sede de esta institución, situada en Miramón.Foto: iker azurmendi
Donostia. Los ciudadanos que logren reunir 10.000 firmas en torno a una propuesta podrán presentarla para su debate en las Juntas Generales (JJGG) sin tener que recurrir a las formaciones políticas. Esta norma fue aprobada ayer con la unanimidad de los grupos junteros en pleno y abre la puerta a que los guipuzcoanos canalicen directamente sus ideas, siempre que tengan un amplio respaldo popular.
El plazo para la recogida de rúbricas es de seis meses, prorrogable otro más cuando "concurra una causa mayor apreciada por la Mesa de las Juntas Generales".
La decisión materializa una norma foral de 1986 que regula la iniciativa popular que "no trata de contraponer la actuación de los ciudadanos en uso de la iniciativa normativa popular a la actuación de los partidos políticos", ya que se entiende que "ambos tienen perfecta cabida en el marco de un sistema democrático".
De esta forma, la proposición permitirá llenar "un posible vacío de la existencia de necesidades ampliamente sentidas por los ciudadanos, pero que por razones diversas no encuentran eco en las formaciones políticas con representación en las Juntas Generales".
garantías "Queremos ofrecer una vía amplia, sencilla y con garantías para la utilización de la iniciativa normativa popular, de manera que los ciudadanos puedan acceder a ella con la mayor facilidad posible, pero con el rigor que conlleva el funcionamiento de cualquier institución cuyas decisiones afectan de forma obligada a todos los ciudadanos", señala la norma ratificada de forma unánime por los junteros.
En la práctica, el guipuzcoano que quiera presentar una iniciativa deberá presentar ante una Comisión Promotora un "texto articulado, precedido de una exposición de motivos", que pasará el control de la Mesa de las Juntas Generales con el fin de "evitar gastos y esfuerzos inútiles".
En el texto se explicita que no podrán presentarse aquellas iniciativas sobre las que se "carezca de competencia normativa", las de "naturaleza tributaria", las relacionadas con los Presupuestos Generales del Territorio Histórico, y los Planes Territoriales o Sectoriales, así como las concernientes al régimen general de tutela financiera de las Entidades Locales en los términos detallados en la Ley del Concierto Económico.
excluidas También se excluyen las propuestas que afectan a la organización y división político administrativa territorial, las relacionadas con el Régimen Electoral de la Ley de Territorios Históricos, y aquellas iniciativas legislativas de Gipuzkoa ante el Parlamento Vasco, así como las que regulan la "normativa popular".
Una vez admitida la proposición se inicia el procedimiento de recogida de las 10.000 firmas exigidas, que también podrán recopilarse por Internet, "siempre que se garantiza la voluntad auténtica de los ciudadanos que suscriben la iniciativa normativa popular".
Logrado este objetivo, se iniciará la tramitación parlamentaria, donde se posibilita que se "designe a una persona" para que, en representación de los promotores, "realice la defensa" de la idea.
El texto establece una compensación económica por los gastos realizados por los promotores de la iniciativa a fin de "evitar que resulte oneroso el ejercicio de una forma de participación en la vida pública" directamente por los guipuzcoanos.
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