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El Gobierno propone que las cadenas informen de su parrilla siete días antes

actualmente las tv deben comunicar su programación con once días de adelanto

Establece que los operadores de cable y de ADSL paguen una compensación a las tv generalistas por transportar su señal

Un niño observa varias pantallas de televisión expuestas en un comercio.Foto: efe

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madrid. El Gobierno propone rebajar a siete días de antelación el plazo obligatorio mínimo que deben cumplir las televisiones para informar de su programación, tanto en el caso analógico como para sus emisiones en digital, frente a los 11 días establecidos hasta el momento. Así consta en el borrador del proyecto de Real Decreto de reglamento para la prestación del servicio de radio y televisión por cable, que modifica este extremo y establece que los operadores de cable y de ADSL deberán pagar una compensación a las televisiones generalistas por transportar su señal.

En el borrador del texto, elaborado por el Ministerio de Industria, se establece que los canales deben anunciar con al menos siete días de adelanto su programación "en todos y cada uno de los siguientes medios: las páginas de teletexto de sus emisiones en analógico, la guía electrónica de programación de las emisiones en digital, y su página web, si la tuvieran". En el caso de que no ofrezcan servicios de teletexto o no tengan disponible la guía digital, el canal estará obligado a hacerlo con una antelación de al menos nueve días. La Unión de Televisiones Comerciales Asociadas (Uteca) rechazó esta propuesta del Gobierno y la consideró "discriminatoria" y propia "del siglo pasado".

Esta normativa, referida en el título a las emisiones por cable, reclama, por medio de una disposición adicional quinta, que se reserve un múltiple digital para la prestación de un servicio de televisión digital terrestre en movilidad, pensado para la explotación vía teléfono móvil, "en la medida que las posibilidades del espectro radioeléctrico lo permitan". Además, el proyecto establece mínimos para la cobertura territorial de la TDT, cobertura que, según el nuevo texto, deberá alcanzar al 85% de la población antes del 31 de julio de 2007, al 88% con la misma fecha de 2008, y al 93% en idéntico día de 2009.

Además, el borrador incorpora una disposición sobre la radio digital, por la que se modifican las bandas de frecuencias para su explotación, y establece que el 1 de enero de 2010 la cobertura de esta nueva tecnología alcance a un mínimo del 80% de la población. El reglamento concede otros veinte años a las Comunidades Autónomas para lograr una cobertura de población del 95% en las mismas redes: FU-E, MF-I y MF-II. Este texto fue presentado a la Comisión permanente sobre sociedad de la información el pasado 25 de mayo.

En lo que respecta a la difusión por cable y ADSL, hasta el cese definitivo de las emisiones en analógico, estos operadores están obligados a incluir en su oferta tanto TVE 1 como La 2, y las cuatro privadas: Antena 3, Cuatro, Telecinco y La Sexta, así como los canales autonómicos gestionados por los ejecutivos regionales. El borrador contempla "contraprestaciones económicas por la distribución de los servicios", que deberán ser "acordadas libremente entre las partes", si bien en caso de desacuerdo deberá resolver la Administración. La Asociación de Internautas (AI) criticó que estas compañías tengan que pagar a los canales de TV "una contraprestación" por transportar unos canales gratuitos, "obligando a los consumidores a comprar otro descodificador".

Los gestores de tecnología por cable serán además responsables del contenido de los canales que difundan, cuando el titular de los mismos no se encuentre bajo jurisdicción de la UE, y deberán informar del responsable editorial de los mismos en caso de que sí se encuentre en un Estado miembro. Los canales dedicados para adultos "deberán ser identificados como tales y ofrecidos de manera independiente", y "nunca podrán ofrecerse en abierto".

bloqueo Además, los servicios de difusión de televisión por cable deberán adoptar las medidas necesarias para hacer posible bloquear en los equipos de recepción el acceso total o parcial a cualquiera de sus canales por iniciativa del usuario, "de una manera fácil y cómoda". En la guía electrónica se deberá advertir "de manera suficiente y veraz" del contenido de los programas a efectos de la protección de los menores. >e.p.

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