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El yerno del rey se ampara en la prescripción penal y tributaria de sus actuaciones
Se refiere a posibles delitos en empresas que habrían servido para desviar dinero público entre 2003 y 2005
efe - Jueves, 13 de Septiembre de 2012 - Actualizado a las 05:24h
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Iñaki Urdangarin, en un receso de su declaración ante el juez. (Foto: efe)
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madrid. La defensa de Iñaki Urdangarin ha pedido a la Audiencia de Palma que se pronuncie sobre la prescripción de posibles delitos fiscales cometidos entre los años 2003 y 2005 por empresas que sirvieron supuestamente al duque de Palma y su exsocio para desviar dinero público a través del Instituto Nóos.
En un recurso de apelación, el letrado Mario Pascual pide también a la Audiencia que reclame al juez del caso Nóos, José Castro, una rectificación de una frase contenida en un auto en la que afirmaba que no existe una causa general contra el duque de Palma puesto que "no se ha hecho extensiva la instrucción a las muy diversas y generosamente lucrativas relaciones comerciales que ha mantenido con empresas privadas".
Respecto a los posibles delitos fiscales, el juez Castro ya rechazó la pretensión de Pascual de que Hacienda no se pronunciara en un informe pedido por la Fiscalía sobre los datos fiscales de 2003 a 2005 de varias empresas, entre ellas Aizoon, propiedad a medias de Urdangarin y su esposa, la infanta Cristina. El juez argumentó entonces que el que algún ejercicio esté prescrito no impide que se pueda aportar a la causa y "valorarlo a efectos distintos".
El abogado del duque de Palma niega categóricamente en su escrito que esto sea posible y explica que la ley penal prohíbe a todos los efectos la instrucción acerca de las conductas prescritas. "¿A qué efectos distintos -se pregunta el abogado- se puede valorar el contenido de unos ejercicios fiscales prescritos en sede de instrucción penal? Clara y definitivamente: a ningún efecto". Por ello, la defensa considera que si los ejercicios fiscales de cualquier empresa correspondientes a los años 2003, 2004 y 2005 están prescritos en sede penal, "ni se puede investigarlos y, mucho menos, aportarlos a la causa y valorarlos a efectos distintos".
En opinión de Pascual, esta es una "nueva ligereza o exceso verbal" del juez Castro, a quien le atribuye otra declaración de este tipo cuando aseguró, en el mismo auto que ahora recurre a la Audiencia, que no está haciendo una instrucción "global" de Urdangarin porque no ha entrado a investigar sus relaciones con empresas privadas como presidente del Instituto Nóos.
La frase del juez de que "no se ha hecho extensiva la instrucción a las muy diversas y generosamente lucrativas relaciones comerciales" con empresas privadas es, para Pascual, una "licencia o exceso" que el magistrado ha incluido "de manera injustificada en su redactado" y que debería a su juicio "ser rectificado" por Castro.
Por todo ello, la defensa de Urdangarin pide a la Audiencia que en caso de que el informe de la Agencia Tributaria incluyera cualquier dato referente a los años prescritos estas cifras no se tengan en cuenta en la investigación.
Gracias por su comentario
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