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politica

La AN archiva la causa contra alcaldesa de Altsasu por la parodia del rey

Estima que, aunque no sea de muy buen gusto, se encuentra amparada por la libertad de expresión

EFE - Sábado, 21 de Julio de 2012 - Actualizado a las 05:24h

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Madrid. El juez de de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz decidió ayer archivar la causa que se mantenía abierta en la que estaba imputada la alcaldesa de Altsasu, Garazi Urrestarazu (Bildu), por la parodia del rey español que tuvo lugar en septiembre pasado en las calles y en un edificio municipal de la localidad al considerar que pudo ser de "mal gusto" pero "inocua".

Así lo decidió el magistrado de la Audiencia Nacional en un auto en el que ordena el sobreseimiento de la causa a instancias del Ministerio Público al estimar que no ha resultado "debidamente justificada la perpetración de los delitos" que denunció la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) en una querella presentada en septiembre.

"El hecho de presentar al monarca en el ejercicio de una de sus funciones más representativas como Jefe del Estado y Capitán General de los Ejércitos, esto es, pasando revista a las tropas, en sí mismo es inocuo", asegura Pedraz.

Y la circunstancia, afirma, de que las tropas "estén en unas condiciones no muy adecuadas, llevando estrambóticos ropajes y simbologías que no son las constitucionales, añaden un plus de sorna o broma que no son de buen gusto, pero que tampoco sobrepasan los límites de lo penalmente admisible".

La citada parodia tuvo lugar el pasado 3 de septiembre en tres escenarios -un alistamiento militar, un desfile y una comida- y se colocó una pancarta de grandes dimensiones en la fachada del teatro municipal de Altsasu con el lema "que se vayan a hacer hostias" (sic).

Según Pedraz, la crítica, "a veces grosera", que se contenía en aquellas acciones no llega "en ningún momento a cruzar" el límite de la libertad de expresión, y que el prestigio de la corona "no se ve en entredicho porque un grupo más o menos amplio de personas realicen una actuación paródica sobre una de sus funciones".

Insiste el magistrado de la Audiencia Nacional en que la sátira, aunque se pueda discrepar de alguna de las expresiones que se profirieron, "se encuentra amparada en el ejercicio legítimo del derecho a la libertad de expresión" y se trata de una crítica de la institución monárquica que, sin la "voluntad exclusiva del menosprecio, la engrandece haciéndola más cercana a la sociedad".

Quema de fotos Diferencia así esta causa de otras que se han seguido en la Audiencia Nacional por la quema de fotografías del rey, en las que se trataba de legitimar la crítica al monarca "mediante una conducta en sí violenta y ajena al debate democrático".

En este sentido, el juez de la Audiencia Nacional menciona la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que condenó a España a pagar una indemnización de 23.000 euros al exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi por haber impuesto de forma "desproporcionada" un año de cárcel por un delito de injurias graves al rey en 2003.

Para el tribunal europeo de Estrasburgo, "una pena de prisión impuesta por una infracción cometida en el terreno del discurso político no es compatible con la libertad de expresión garantizada por el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos".

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