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a. zabaleta - Viernes, 27 de Noviembre de 2009 - Actualizado a las 07:38h
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Ana Marcotegui, ayer, en Donostia. (Foto: javi colmenero)
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Donostia. Casi a diario se hace público un nuevo caso de violencia de género, más o menos grave, en nuestro entorno. ¿Hay más casos o es que ahora se denuncian más?
El volumen de expedientes de violencia de género en el juzgado es muy importante, aunque es difícil apreciar si ha habido un incremento de casos o si es que la mayor sensibilización social hace que se denuncie más. La sociedad está más sensibilizada, la violencia de género es algo intolerable, la gente no permite que ocurra con tanta facilidad.
¿Las medidas de protección que dicta el juzgado, son eficaces?
Se intenta proteger a las víctimas que denuncian, a quienes no han salido aún de la clandestinidad no se las puede proteger. Pero es cierto que las prohibiciones se quebrantan, a veces de manera consentida.
¿Es frecuente?
Demasiado frecuente. Debido a la especial vinculación que hay entre agresor y víctima, la práctica diaria nos ha demostrado que las prohibiciones de acercamiento se acaban vulnerando frecuentemente. En muchas ocasiones la víctima ha motivado con sus llamadas que se quebrante. Aunque el Tribunal Supremo decidió en 2008 que ese consentimiento de la víctima es irrelevante. Agresor y víctima han sido pareja, están vinculados emocionalmente y los lazos son difíciles de romper, a veces por los hijos, porque tengan una figura paterna... Pero ella no puede disponer de las resoluciones judiciales ni de las prohibiciones.
¿En ese caso, lo debe hacer el juez?
No siempre se puede, sólo si la prohibición de acercamiento es cautelar, si se ha impuesto por una petición de ella y ella decide que ya no la necesita. El juez podría dejarla sin efecto, porque es preventiva. Pero si es parte de una condena no se puede dejar sin efecto: es una pena judicial por un delito, es imperativa.
Habla de esa relación afectiva previa, hoy por hoy condición indispensable para que una agresión o amenaza se considere violencia de género.
Se considera violencia de género cuando hay un sujeto activo que es un hombre; un sujeto pasivo que es una mujer; y cuando entre ellos existe o ha existido una relación matrimonial o análoga de afectividad. Si el sujeto activo es una mujer, no es violencia de género; eso también excluye agresiones dentro de una relación homosexual: entre hombres, porque el sujeto pasivo no es una mujer; entre mujeres, porque el activo no es un hombre. Las agresiones entre personas que no han tenido una relación tampoco son violencia de género.
¿Cuándo se considera que existe esa relación?
Se define como relación de afectividad, análoga a la matrimonial. Si hay un proyecto común, o la vida diaria ha demostrado que existen relaciones sentimentales a edades tempranas, entre adolescentes o adultos de edad temprana, aunque falte, por ejemplo, la convivencia. Pero los consideramos relaciones de afectividad. Sí excluímos radicalmente las relaciones de amistad o las relaciones sexuales esporádicas. Porque no existe ánimo de querer crear un proyecto en común.
Es el caso, por ejemplo, de Nagore Laffage, conflictivo en cuanto a que muchos ciudadanos reivindican su consideración como violencia de género.
En el caso de Nagore quedó acreditado que no habían tenido ninguna relación anterior al respecto.
¿Qué habría cambiado en la sentencia si se considerase violencia de género?
En el caso de un homicidio o asesinato entre un hombre y una mujer se le pondría el agravante de parentesco que contempla el código penal, siempre que haya en ese momento o haya habido antes una relación matrimonial o de análoga afectividad. Habría supuesto ese agravante.
"Violencia de género implica una relación afectiva; en el caso de Nagore Laffage se acreditó que no existía"
Gracias por su comentario
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