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Flecos jurídicos de género complejo

La mañana siguiente al Día Internacional contra la Violencia sobre la Mujer, casi dos centenares de abogados de Gipuzkoa debatieron en Donostia en torno a algunas cuestiones problemáticas que surgen cuando las agresiones de género llegan a los juzgados.

A. Zabaleta

- Viernes, 27 de Noviembre de 2009 - Actualizado a las 07:38h.

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Algunas mujeres en una de las manifestaciones celebradas el miércoles, Día Internacional contra la Violencia sobre la Mujer.

Algunas mujeres en una de las manifestaciones celebradas el miércoles, Día Internacional contra la Violencia sobre la Mujer. (Foto: efe)

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"LA Fiscalía, ¿no archivaría el caso si se llega a un acuerdo de conciliación?" "No. Ha habido un delito". Así de claro lo expuso ayer la fiscal delegada de jefatura contra la Violencia sobre la Mujer de Gipuzkoa, Ana Marcotegui. Participó en Donostia en un curso de violencia doméstica y de género para letrados organizado por el Colegio de Abogados de Gipuzkoa, y el debate entre quienes se enfrentan habitualmente en los juzgados no tardó en surgir.

En el territorio hay casi dos centenares de profesionales del derecho que tratan habitualmente este tipo de delitos, y la mayoría participaron en la jornada, que forma parte de su formación continua especializada. En este encuentro, además de la fiscal, tomó la palabra también la juez María Inés Hualde Juvera, del Juzgado de Violencia sobre la mujer número 1 de Donostia. Abogados, juez y fiscal trataron cuestiones como la mediación, las agresiones recíprocas, la subjetividad y voluntad de dominio del agresor o cómo juzgar el quebrantamiento consentido de una orden de alejamiento.

En este último punto Marcotegui también fue clara: que haya o no consentimiento es irrelevante. "La prohibición la tiene él, quien tiene restringidos sus derechos es él", aunque los casos reales no parecen tan simples. Algunos abogados expusieron ejemplos en los que es ella quien llama a su agresor. "¿No podría considerarse como atenuante?" Expuso un letrado. "No. ¿Qué atenuante sería?", respondió la fiscal.

Varios abogados recordaron un caso reciente en el que agentes policiales detuvieron a los dos miembros de una pareja que tenía orden de alejamiento: a él, por quebrantarla; a ella, como responsable a título de inductora o de cooperadora necesaria. De todos modos, ahí Marcotegui también dejó claro que la Fiscalía no enjuicia a las víctimas: "En un primer momento se planteó exigirle responsabilidades penales a ella, pero se desaconseja porque la víctima es libre, porque los tribunales europeos han consagrado un derecho a vivir juntos y porque eso supondría una victimización secundaria".

Estos casos se dan "demasiado frecuentemente", incidió la fiscal, que entiende que los lazos que unen a agresor y víctima en estos casos no siempre son fáciles de romper: "Pero ella no puede disponer de las resoluciones o prohibiciones judiciales".

reciprocidad y subjetividad

Casi 200 abogados trabajan habitualmente en casos de violencia machista en el territorio guipuzcoano

Para que una agresión se considere de género en Gipuzkoa no se exige que se pruebe una "intención de dominio"

Ánimo de dominar

Tampoco son raros los casos que llegan al juzgado en los que la agresión es recíproca y ambos son denunciantes e imputados. Ahí, Marcotegui criticó que el caso de Gipuzkoa es único: "Lo deseable sería que ambas denuncias se tramitaran en el mismo procedimiento, pero el criterio en la Audiencia de Gipuzkoa es que el juzgado de la mujer sólo es competente en casos de agresión de él a ella; las agresiones de ella a él se derivan al Juzgado de Instrucción". Ese desdoblamiento plantea problemas como que el trabajo se duplica y que puede llegarse a sentencias contradictorias.

Además, Marcotegui indicó que ahí entra en conflicto otro concepto problemático, el de la subjetividad. Algunos juzgados consideran que para que una agresión sea considerada de género debe responder a una voluntad de querer dominar y someter a la mujer, de discriminarla. Así, en una agresión recíproca con "las mismas armas" no existiría esa intención de dominar y no se consideraría violencia de género, por lo que el ataque se degradaría de delito a falta.

"¿Pero cómo se prueba esa voluntad de dominio?" Marcotegui incidió en que en Gipuzkoa no es ése el criterio, ya que "no se exige que se pruebe esa intención". La Fiscalía se centra, por lo tanto, en tres condiciones más objetivas para considerar una agresión o amenaza violencia de género: que haya un sujeto activo masculino, un sujeto pasivo femenino y que exista o haya existido una relación matrimonial o de afectividad.

mediación

Delito a pesar del acuerdo

El hecho de que exista esa relación entre agresor y víctima suele complicar los casos y, también, frecuentemente, su resolución. Así, uno de los abogados presentes en las jornadas puso de manifiesto la labor de mediación que se intenta hacer cuando el caso lo permite. Criticó que el esfuerzo de las partes por acercar posturas queda en nada en ocasiones porque, incluso cuando se logra un acuerdo de conciliación, la Fiscalía mantiene la imputación y el proceso judicial no se detiene.

"¿Un acuerdo en el que ella perdona?" La fiscal, ahí, fue tajante e insistió en que la mediación puede servir para llegar a un acuerdo y lograr una sentencia y pena más reducida, pero nunca para archivar la causa porque el delito sigue existiendo, no se "perdona". La afirmación levantó algunas protestas más de letrados que, en esos casos, incidieron en que denunciante e imputado podrían negarse a declarar para boicotear el juicio y tener que cancelarlo, algo que la propia fiscal reconoció que había llegado a pasar en algún caso.

las claves

La mediación en casos de violencia de género, el quebrantamiento consentido de prohibiciones de acercamiento y la intención del agresor son algunas de las cuestiones problemáticas a las que se enfrentan abogados, fiscal y jueces de los juzgados de la mujer de Gipuzkoa. Una especialidad dura que asumen casi dos centenares de letrados en Gipuzkoa y que exige cursos de formación especializada previos, además de formación continua. En ella se enmarcaban las jornadas de ayer en Donostia, que se repiten año tras año organizadas por el Colegio de Abogados de Gipuzkoa y que, además de los citados problemas, también trataron temas como las pruebas forenses en los casos de violencia doméstica o de género, las consecuencias jurídicas de este tipo de agresiones cuando tienen lugar sobre mujeres inmigrantes, los recursos sociales que existen para atender a las víctimas y la ejecución de las penas a los agresores, así como los tratamientos de reeducación y rehabilitación para los maltratadores.

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